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Bases, personas obligadas y otros datos |
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PERSONAS NO OBLIGADAS A DECLARAR ASALARIADOS CUYOS INGRESOS PROVENGAN EN UN 80% O MÁS DE UNA RELACIÓN LABORAL Y NO SEAN RESPONSABLES DE IVA | Año Gravable 2009 | Año gravable 2010 | INGRESOS BRUTOS inferiores a 3.300 UVT: | $78.418.000 | $81.032.000 | PATRIMONIO BRUTO inferior a 4.500 UVT: | $106.934.000 | $110.498.000 | Nota: No se incluyen ingresos por enajenación de activos fijos ni los provenientes de loterías, rifas, apuestas o similares. Se entienden incorporadas las pensiones de jubilación, vejez, invalidez y muerte. | TRABAJADORES INDEPENDIENTES CUYOS INGRESOS SEAN FACTURADOS Y PROVENGAN EN UN 80% O MÁS DE HONORARIOS, COMISIONES O SERVICIOS SOBRE LOS QUE LE HUBIEREN PRACTICADO RETENCIÓN EN LA FUENTE Y QUE NO SEAN RESPONSABLES DE IVA | Año Gravable 2009 | Año Gravable 2010 | INGRESOS BRUTOS inferiores a 3.300 UVT: | $78.418.000 | $81.032.000 | PATRIMONIO BRUTO inferior a 4.500 UVT: | $106.934.000 | $110.498.000 | Los trabajadores que hayan obtenido ingresos como asalariados y como trabajadores independientes deberán sumar los dos conceptos para establecer el límite de ingresos brutos a partir del cual están obligados declarar. | CONTRIBUYENTES DE MENORES INGRESOS QUE NO SEAN RESPONSABLES DE IVA | Año Gravable 2009 | Año gravable 2010 | INGRESOS BRUTOS inferiores a 1.400 UVT: | $33.268.000 | $34.377.000 | PATRIMONIO BRUTO inferior a 4.500 UVT: | $106.934.000 | $110.498.000 | OTROS REQUISITOS PARA NO OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA | Los consumos por medio de tarjetas de crédito durante el año gravable no excedan de 2.800 UVT: | $66.536.000 | $68.754.000 | El total de compras y consumos en el año gravable no exceda de 2.800 UVT: | $66.536.000 | $68.754.000 | El valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año gravable no exceda de 4.500 UVT: | $106.934.000 | $110.498.000 | PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN RESIDENCIA EN EL PAÍS | No presentan declaración cuando la totalidad de sus ingresos fueron sometidos a retención en la fuente por renta. |
DEDUCCIÓN CONTRATOS DE LEASING | Año Gravable 2009 | Año gravable 2010 | Se prorroga hasta el año 2011 el beneficio tributario de los contratos de leasing operativo para los arrendatarios que presenten al 31 de diciembre del año anterior, activos totales hasta 610.000 UVT. | $14.495.430.000 | $14.978.550.000 | INTERÉS PRESUNTIVO POR PRÉSTAMO EN DINERO A LOS SOCIOS O DE ÉSTOS A LA SOCIEDAD | 9.82% (DTF a 31 de Diciembre de 2008) | 4.11% (DTF a 31 de Diciembre de 2009) | INTERÉS DEDUCIBLE EN PRÉSTAMOS DE VIVIENDA 1200 UVT | $ 29.466.000 | | AJUSTE DEL COSTO DE LOS ACTIVOS FIJOS | 3.33% | | EXCLUSIONES DE RENTA PRESUNTIVA | | Vivienda de habitación, los primeros 13.000 UVT: | $308.919.000 | $319.215.000 | Activos destinados al sector agropecuario, los primeros 19.000 UVT: | $451.497.000 | $466.545.000 | DEPRECIACIÓN TOTAL | Se podrá depreciar totalmente el activo en el período que se adquiere sin considerar su vida útil, cuando tenga un valor igual o inferior a 50 UVT: | $ 1.188.000 | $ 1.228.000 | DECLARACIONES FIRMADAS POR CONTADOR PÚBLICO PARA OBLIGADOS A LLEVAR CONTABILIDAD | | Declaraciones de IVA y retención en la fuente año 2010 | Cuando el patrimonio bruto del responsable o agente retenedor en el último día del año 2009 o los ingresos brutos de dicho año, sean superiores a 100.000 UVT: | $2.376.300.000 | | DECLARACIONES DE RENTA DEL AÑO 2009 | Ingresos o patrimonio bruto a diciembre 31 de 2009 sean superiores a 100.000 UVT: | $2.376.300.000 | | OBLIGACIÓN DE TENER REVISOR FISCAL EN EL 2010 | Activos brutos iguales o superiores a 5.000 salarios mínimos a diciembre 31 de 2009 | $ 2.484.500.000 | | Ingresos brutos iguales o superiores a 3.000 salarios mínimos a diciembre 31 de 2009 | $ 1.490.700.000 | |
BENEFICIO DE AUDITORÍA | | Incremento del impuesto neto de renta con relación al mismo impuesto del año anterior: | Declaración en firme por el año 2008 a los: | 2.5 veces la inflación (2%) = 5% | 18 meses | 3 veces la inflación (2%) = 6% | 12 meses | 5 veces la inflación (2%) = 10% | 6 meses * | * Éste es el mismo plazo para solicitar devolución en Declaraciones de Renta que se presenten con saldo a favor. |
TABLA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS PARA EL AÑO GRAVABLE 2009 ARTÍCULO 241 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO | Rango en UVT | Rango en pesos | Tarifa Marginal | Impuesto | Desde | Hasta | Desde | Hasta | >0 | 1.090 | 0 | 25.902.000 | 0% | 0 | >1.090 | 1.700 | 25.902.001 | 40.397.000 | 19% | (Renta gravable o ganancia ocasional gravable expresada en UVT menos 1.090 UVT)*19% | >1.700 | 4.100 | 40.397.000 | 97.428.000 | 28% | (Renta gravable o ganancia ocasional gravable expresada en UVT menos 1.700 UVT)*28% más 116 UVT | >4.100 | En adelante | 97.428.001 | En adelante | 33% | (Renta gravable o ganancia ocasional gravable expresada en UVT menos 4.100 UVT)*33% más 788 UVT | Para el año gravable 2008 y siguientes, la tarifa establecida en el último rango será del 33%. |
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